La venta de tierras rurales a extranjeros volvió al centro del debate tras un fallo de la Corte Suprema. Senadores de la oposición presentaron un proyecto para restituir la Ley 26.737 y recuperar el límite del 15% de titularidad extranjera.

La venta de tierras rurales a extranjeros volvió a instalarse en la agenda del Congreso luego de que senadores de la oposición presentaran un proyecto para restituir la plena vigencia de la Ley 26.737, sancionada en 2011. La norma establecía, entre otras restricciones, un máximo del 15% de titularidad o posesión extranjera sobre tierras rurales.

La iniciativa lleva las firmas de los senadores José Mayans, Juliana di Tullio y Fernando Salino. El proyecto propone restablecer el régimen anterior y derogar el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, mediante el cual el Poder Ejecutivo había dejado sin efecto la Ley de Tierras Rurales.

La presentación se produjo después de una decisión de la Corte Suprema que revocó una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU. El máximo tribunal resolvió el caso por una cuestión procesal vinculada con la legitimación de la entidad demandante, sin pronunciarse sobre el fondo de la constitucionalidad de la derogación. Como consecuencia, volvió a quedar operativa la eliminación de las restricciones dispuesta en 2023.

Qué establecía la Ley de Tierras Rurales

La Ley 26.737 fue sancionada el 22 de diciembre de 2011 y publicada seis días después. Su objetivo era regular la titularidad y posesión de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras. La legislación alcanzaba a los predios ubicados fuera de los ejidos urbanos, independientemente de su utilización productiva.

Uno de sus puntos centrales era el artículo 8, que fijaba en un 15% el límite de titularidad o posesión extranjera sobre las tierras rurales. Ese porcentaje debía calcularse tanto a nivel nacional como provincial y en las divisiones administrativas correspondientes.

Además, las personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad extranjera no podían superar el 30% de ese cupo. La legislación también determinaba que un mismo titular extranjero no podía poseer más de 1.000 hectáreas en la denominada zona núcleo, o una superficie equivalente de acuerdo con su ubicación.

Los argumentos del proyecto presentado en el Senado

En los fundamentos de la nueva iniciativa, Mayans, di Tullio y Salino plantearon que “el suelo no es una mera mercancía sujeta a las leyes de la oferta y la demanda, sino un recurso natural estratégico, finito y estrechamente ligado a la seguridad nacional”. Se trata del argumento expresado por los autores del proyecto para justificar el restablecimiento de las restricciones.

Los legisladores también sostuvieron que “la ley 26.737 no proscribía la inversión extranjera productiva, sino que fijaba límites razonables”. El régimen, en efecto, no establecía una prohibición general a la adquisición de tierras por extranjeros, sino topes sobre la cantidad y concentración de las superficies rurales.

Los autores señalaron además que, ante la falta de una resolución judicial sobre la cuestión constitucional de fondo, corresponde al Congreso volver a intervenir sobre el régimen legal aplicable. La iniciativa deberá atravesar ahora el procedimiento parlamentario para avanzar hacia una eventual sanción.

Qué resolvió la Corte Suprema

La disputa judicial se había iniciado luego de la derogación de la Ley 26.737 por el artículo 154 del DNU 70/2023. La Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional esa disposición a partir de una presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM).

Sin embargo, la Corte Suprema revocó esa sentencia al considerar que la organización que promovió la demanda carecía de legitimación para impulsar ese planteo. De esta manera, el tribunal no emitió una decisión de fondo acerca de la constitucionalidad del artículo 154.

Con esa resolución, quedó nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras Rurales dispuesta por el DNU 70/2023. El debate sobre los límites a la adquisición de superficies rurales por parte de extranjeros pasó así nuevamente al terreno legislativo.

El debate vuelve al Congreso

El proyecto presentado en el Senado busca que los límites establecidos originalmente por la Ley 26.737 vuelvan a tener vigencia. Para ello deberá obtener dictamen en las comisiones correspondientes y posteriormente ser tratado por ambas cámaras del Congreso.

La discusión se desarrolla además en un escenario en el que el DNU 70/2023 ya fue rechazado por el Senado, mientras que su tratamiento parlamentario integral continúa pendiente en la Cámara de Diputados.

De avanzar la nueva iniciativa, el Congreso volverá a debatir específicamente el régimen de propiedad extranjera de tierras rurales y los límites que deberían aplicarse. Por el momento, tras la decisión de la Corte, la derogación establecida por el artículo 154 del DNU continúa vigente.

 

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